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Cambios en la Sociedad de un Negocio


Anne Gaunt M.
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Sumado a las reformas que se han llevado a cabo en negocios recientemente, las cuales podéis encontrar aquí, traemos un aviso para aquellas sociedades que están compuestas por más de cuatro propietarios.

Según la nueva reforma, el porcentaje mínimo de los beneficios que puede tener un socio es del 25%, lo cual hace que el máximo sea de cuatro personas. Todos los negocios que aparecen como activos en el Censo de Negocios deberán cumplir con este requisito, y para aquellos que actualmente no lo hacen se abre un plazo de un mes, hasta el 1 de abril de 2019, para poder regularizar su situación.

En caso de no hacerlo, las ganancias posteriores al 1 de abril quedarán congeladas en la bóveda, inaccesibles para sus co-propietarios hasta que normalicen la sociedad. El monto a repartir para los propietarios (a la hora de poner en regla el negocio) será el anterior a la fecha límite antes citada.

Así mismo:

  • Los cambios en los porcentajes de ganancias están permitidos y se harán a través de moderación (siendo el mínimo, como aclaramos antes, 25%).
  • Al realizar un cambio en los porcentajes de ganancias se realizará la repartición de las ganancias que contenga la bóveda de negocio hasta ese momento entre los todos los socios, respetando los porcentajes previos al cambio.

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